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Conducí con tranquilidad sabiendo que vos y tu vehículo están protegidos.

Según la cobertura contratada, este seguro incluye Responsabilidad Civil a terceros, personas y bienes, terceros transportados, robo, incendio, accidente, rotura de cristales o cerraduras, granizo, inundación y más. También podes agregar auxilio mecánico, asistencia al viajero y accidentes para el conductor y su grupo familiar.

Detalles de Cobertura

En función a sus requerimientos, podés acceder a diversas opciones de cobertura para amparar tu automóvil o el de su empresa.

Cobertura A
Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y No Transportados. Daños a Bienes de terceros No Transportados.

Cobertura B1
Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y No transportados. Daños a Bienes de terceros No Transportados. Pérdida Totales por Incendio, Robo y/o Hurto.

Cobertura B
Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y No transportados. Daños a Bienes de terceros No Transportados. Pérdidas Totales por Accidente, Incendio, Robo y/o Hurto.

Cobertura C1
Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y No Transportados. Daños a bienes de terceros No Transportados. Pérdidas Totales y Parciales por Incendio, Robo y/o Hurto.

Cobertura C
Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y No transportados. Daños a Bienes de terceros No Transportados. Pérdidas Totales por Accidente. Pérdidas Totales y Parciales por Incendio, Robo y/o Hurto.

Cobertura D
Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y No transportados. Daños a bienes de terceros No Transportados. Pérdidas Totales y Parciales por Incendio, Robo y/o Hurto. Pérdidas Totales y Parciales por Accidente con franquicia.

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Preguntas frecuentes

¿Qué podemos asegurar?
Podemos asegurar una amplia gama de vehículos: desde el tradicional automóvil hasta, por citar sólo algunos ejemplos, cosechadoras, máquinas viales o casas rodantes con propulsión propia. En todos los casos, la suscripción del riesgo queda supeditada a evaluaciones técnicas.
¿Qué coberturas pueden suscribirse?
Aunque cada compañía ofrece sus propios productos, las coberturas más comunes son: responsabilidad civil, daños y pérdida del vehículo. Los daños se producen por accidente o incendio mientras que la pérdida se produce por robo.
¿Qué implica que una póliza tiene franquicia en siniestro por daños parciales?
Significa que el asegurado toma a su cargo una parte de las reparaciones y/o reposiciones necesarias a consecuencia de un accidente sufrido por su vehículo. Si el importe del siniestro es inferior a la cantidad estipulada como franquicia, el monto del siniestro estará? totalmente a cargo del asegurado. En cambio, si es superior, la compañía indemnizará el exceso de aquella. Cuanto mayor sea la franquicia, menor resultará el costo del seguro.
¿Qué Ampara la cobertura de Responsabilidad Civil?
¿Qué y a quiénes ampara esta cobertura?
Protege al asegurado y/o conductor por los dan?os que el uso del vehículo o la carga transportada por el mismo (en condiciones reglamentarias) puedan ocasionar a terceras personas o bienes de terceros.

La cantidad de personas cubiertas en cada unidad depende de las especificaciones de fábrica y, en el caso de transporte de pasajeros, de la habilitación municipal, comunal o de la Comisión Nacional del Transporte para tráfico interjuridiccional.

¿Quiénes se encuentran excluidos de cobertura en caso de un siniestro?
El cónyuge (o conviviente en aparente matrimonio) y los parientes del asegurado, el conductor o el propietario del vehículo hasta tercer grado de consaguinidad o afinidad. En el caso de sociedades, los directivos.

Las personas en relación de dependencia laboral del asegurado o conductor, en tanto el evento se produzca en oportunidad o con motivo del trabajo. También están excluidos los pacientes transportados si el rodado asegurado es una ambulancia.
¿Qué ampara la cobertura para daños o pérdida del vehículo?
¿Qué cubre?
Incendio total o parcial
Se cubren los daños provocados por incendio o explosión (interna o externa), siempre que haya fuego. No están incluidos los daños por inconvenientes de la corriente, descarga u otros fenómenos eléctricos que afecten la instalación eléctrica, sus aparatos y circuitos, aunque se manifiesten en forma de fuego, fusión y/o explosión. No obstante, será indemnizable el mayor daño producido por la propagación del incendio o principio de incendio que resultare para dichos bienes o para el resto del vehículo.

Accidente total o parcial
Se cubren los daños provocados por:
• Vuelco.
• Despeñamiento.
• Inmersión.
• Roce o choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo, sea que esté circulando, fuese remolcado, se hallase circulando al aire libre o bajo techo, o durante su transporte terrestre, fluvial o lacustre. Los daños mencionados incluyen los ocasionados por terceros.

Robo o hurto total
Apoderamiento ilegítimo del vehículo, con o sin violencia en las cosas o intimidación en las personas.

Robo o Hurto Parcial
Consiste en el robo o hurto de alguna de las partes integrantes del vehículo. Se cubren las piezas, partes fijas y accesorios con que este? equipado el vehículo en su modelo original de fábrica a excepción de equipos reproductores de sonido y similares (aún cuando sea equipo original de fábrica, según lo establecido por la Superintendencia de Seguros de la Nación), tasas o embellecedores de las ruedas, tapas del radiador, tapa del tanque de combustible, escobillas y brazos de limpiaparabrisas, espejos e insignias exteriores y herramientas, aun cuando formen parte del equipo original y salvo que su sustracción se haya producido como consecuencia de un robo total y posterior aparición.


¿Cómo se aseguran los accesorios?
Todo accesorio o equipo incorporado al vehículo que no pertenezca al modelo original de fábrica tiene que ser declarado por el asegurado, quien deberá describir sus características y asignarle un valor para ser amparado.

Este mismo criterio se utiliza para la declaración del equipo de GNC. En este caso se debe detallar el regulador y el o los cilindros que contienen el gas con su respectiva numeración.

Cabe aclarar que, aún en los vehículos adaptados a GNC desde la terminal automotriz y para todas las coberturas, debe declararse el equipo y el/los cilindros dado que:

• Caso contrario será considerado reticencia y, por lo tanto, es motivo de rechazo del eventual siniestro.
• Deben identificarse los componentes de la adaptación.

¿Cómo se calcula la indemnización en caso de robo o destrucción del vehículo?
Se establece al momento de ocurrido el siniestro sobre la base del valor promedio en plaza de un vehículo de la misma marca, modelo y características, tomando en consideración como monto máximo la suma asegurada.

¿Cuándo se considera destrucción o pérdida total?
Se considera destrucción total cuando el costo de la reparación y/o el reemplazo de las partes afectadas alcance o supere el 80% del valor promedio de venta al público (al contado) de un vehículo de la misma marca, modelo y características del vehículo asegurado al momento del siniestro.

¿Qué alcance tiene la cobertura en el exterior?
Se mantienen las mismas coberturas pactadas para la República Argentina.
¿Cómo denunciar un siniestro?
Los productores asesores tienen la obligación legal de orientar al asegurado en caso de siniestro. Tanto el productor como el asegurado podrán realizar la denuncia en la sucursal de la compañía, quien debe tomar conocimiento del siniestro lo antes posible. La denuncia debe realizarse dentro de los tres días hábiles de haberse producido el hecho, de no cumplir con esta carga el asegurado puede perder el derecho a ser indemnizado. También está obligado a suministrar la información necesaria para verificar el siniestro o la extensión de la prestación a su cargo.

¿Cuándo hay que hacer denuncia policial?
La denuncia policial se hace solamente por robo o lesiones (cuando hay lesiones por lo general la policía se hace presente en la vía pública y toma en el lugar del hecho la denuncia).

En caso de accidente sin lesiones, es suficiente con denunciarlo en la compañía aseguradora.
¿Cuáles son los documentos y elementos obligatorios para circular?
Documentación necesaria para circular:

• Licencia de conducir vigente correspondiente al tipo de vehículo.
• DNI o cédula de identidad.
• Cédula verde vigente si es el titular del vehículo.
• Cédula azul en caso que el vehículo no sea de su propiedad.
• Oblea de RTO (Revisión Técnica Obligatoria) o VTV (Verificación Técnica Vehicular), según corresponda.
• Comprobante de póliza de seguro obligatorio vigente (la tarjeta plástica emitida por la aseguradora). No es necesario presentar el recibo de pago. Cuando la póliza está en trámite de emisión está permitido circular con el certificado de cobertura.
• Comprobante de pago de la patente. Además, el vehículo debe tener las chapas patentes visibles en el lugar correspondiente.


Elementos obligatorios para llevar en el vehículo:

• Matafuegos con control de carga y al alcance del conductor.
• Balizas portátiles.


Se sugiere también contar con:
• Botiquín de primeros auxilios.
• Gato hidráulico o crique.
• Auxilio inflado y llave de ajuste.
¿Qué sucede si viajo a países limítrofes con mi auto?
Al realizar un viaje al Mercosur debe llevar el certificado Mercosur que se adjunta en su póliza.

¿Tienes dudas? consulta nuestras preguntas frecuentes

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